La defensa de afectados por swaps y avales de la ley 57/1968, no es otra que garantizar la devolución del dinero entregado para la compra de una vivienda, cuando ésta no sea entregada a su dueño.
Se autoriza al Ministerio de Justicia y Vivienda a que dicten las disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de esta ley.
Sobre todo en estos últimos y difíciles tiempos, están aumentando las demandas de afectados por estas causas. En el gabinete jurídico De Castro, los abogados expertos en Derecho Bancario y Financiero, ofrecen un trabajo de rigor para obtener la máxima eficacia en los resultados.
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